
Este jueves, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la medida cautelar que mantenía suspendido el capítulo laboral del DNU 70/23. La decisión judicial restablece de forma inmediata la operatividad de 83 artículos que modifican el marco regulatorio del empleo en el país. Esta resolución permite a las empresas aplicar cambios en la registración, los períodos de prueba y los esquemas de indemnizaciones, tras meses de parálisis por presentaciones gremiales.
Cambios en el período de prueba y aportes sindicales
Uno de los puntos centrales que vuelve a estar vigente es la extensión del período de prueba, que pasa de tres a ocho meses. Durante este lapso, el empleador puede rescindir el vínculo sin obligación de pagar una indemnización por antigüedad. Asimismo, se restablece el sistema de cuotas solidarias, que ahora requiere el consentimiento explícito del trabajador para que se le descuenten los aportes destinados a los sindicatos, eliminando la retención automática.
Régimen de indemnizaciones y multas por informalidad
La reforma habilita la creación del fondo de cese laboral, un esquema que permite sustituir la indemnización por antigüedad mediante un sistema de capitalización o seguro, similar al que utiliza el sector de la construcción. Además, el fallo valida la eliminación de las multas por falta de registro o registración deficiente de los empleados. A partir de ahora, se simplifican los mecanismos de regularización y se reducen los costos por litigiosidad laboral que afectaban a las pequeñas y medianas empresas.
Nuevas causales de despido y trabajadores independientes
El marco normativo recuperado incluye la figura del trabajador independiente con colaboradores, que permite a un profesional o emprendedor contar con hasta tres colaboradores autónomos sin que exista una relación de dependencia. También se incorporan nuevas causales de despido con justa causa vinculadas a los bloqueos de empresas o la obstrucción de la actividad productiva durante medidas de fuerza. La justicia determinó que estas normas son de aplicación efectiva mientras se aguarda una resolución final sobre la constitucionalidad de fondo por parte de la Corte Suprema.
