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Reforma laboral: la Cámara revocó la cautelar y vuelven a estar vigentes los 83 artículos suspendidos

En un importante giro judicial para la estrategia del Gobierno nacional, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió otorgar efecto suspensivo a la apelación del Estado, lo que deja sin efecto la medida cautelar que frenaba la reforma laboral. Con esta decisión de la Sala VIII, los 83 artículos de la Ley 27.802 que habían sido cuestionados por la CGT recuperan plena vigencia mientras continúa el trámite judicial.


El fallo que destraba la reforma

Los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino modificaron el alcance del recurso interpuesto por el Estado contra el fallo de primera instancia del juez Enrique Ojeda. El punto técnico clave fue el cambio de “efecto devolutivo” a “efecto suspensivo”:

  • Antes: La cautelar seguía firme mientras la Cámara estudiaba el caso.
  • Ahora: Al ser suspensivo, la orden del juez de grado queda sin aplicación de forma inmediata, permitiendo que la ley se aplique en su totalidad.

El tribunal fundamentó su decisión en la Ley 26.854, que regula las cautelares contra el Estado, señalando que cuando se suspende una norma del Congreso, la apelación debe tramitarse con efecto suspensivo para preservar la institucionalidad hasta que un tribunal colegiado decida sobre el fondo.

Qué cambia en la práctica para empresas y trabajadores

Con la caída de la cautelar, los puntos más polémicos de la reforma vuelven a regir desde hoy:

  1. Indemnizaciones: Se restablecen las modificaciones al régimen de cálculo y base indemnizatoria.
  2. Contratación: Recuperan vigencia los cambios en las condiciones de ingreso y modalidades de contrato.
  3. Jornada laboral: Se habilitan las alteraciones en el esquema de horas y descansos previstos en la ley.
  4. Acción sindical: Vuelven a estar activas las disposiciones que limitan o modifican la representación y los aportes sindicales.

La reacción de la CGT y los pasos del Gobierno

La Confederación General del Trabajo (CGT), que sostiene que la Ley 27.802 implica un retroceso en los derechos de los trabajadores y una afectación al sistema de protección vigente, mantiene su planteo de fondo por inconstitucionalidad. Sin embargo, el revés judicial de hoy obliga a la central obrera a esperar la resolución definitiva de la Cámara o un eventual pronunciamiento de la Corte Suprema.

Por su parte, el Gobierno —a través de la Procuración del Tesoro y el Ministerio de Justicia liderado por Juan Bautista Mahiques— celebró la medida. El Ejecutivo insiste en que la reforma es una herramienta vital para “reducir la litigiosidad y promover la formalización del empleo”. Cabe recordar que, en paralelo, la Casa Rosada ya presentó un “per saltum” ante el máximo tribunal para blindar definitivamente la norma.

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