
El juez federal José Manuel Díaz Vélez dictó la medida sin prisión preventiva contra Francisco Sassi Colombres, Pablo Holgado, Ricardo Audi Falú y David Flores por presuntas irregularidades en la cobertura de cargos ejecutivos. La causa se inició por una denuncia de la Asociación del Personal de la Universidad Nacional de Tucumán (APUNT).
El Juzgado Federal N° 1 de Tucumán resolvió procesar sin prisión preventiva a cuatro integrantes de la conducción de la Fundación Miguel Lillo. La medida judicial alcanza a Francisco Fernando Sassi Colombres, Pablo Holgado, Ricardo Javier Audi Falú y David Alfredo Flores, en el marco de una investigación sobre la validez de las designaciones en las direcciones ejecutivas y técnicas del organismo autárquico.
Junto con el procesamiento, el magistrado dispuso un embargo sobre los bienes de cada imputado por hasta $15.000.000, la prohibición de salir del país sin autorización previa y la inhabilitación para la portación de armas de fuego.
Origen de la causa y postura de la Fiscalía
El expediente tuvo inicio en mayo de 2023 tras una denuncia de Ángel Hugo Morales, secretario general del gremio APUNT, donde se señalaba que la Comisión Asesora Vitalicia (CAV) concretaba nombramientos directivos sin contar con las atribuciones legales correspondientes:
- Puestos cuestionados: Las coberturas de Director Ejecutivo, Director General Técnico Administrativo y Director General de Investigación.
- Dictamen fiscal: La Fiscalía Federal N° 2, encabezada por Agustín Chit y Julia Vitar, sustentó la acusación en informes de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN). Remarcó que el cargo de Director Ejecutivo posee rango de Subsecretario de Estado —cuya designación es facultad del Presidente de la Nación—, mientras que las direcciones restantes requerían autorización de la Jefatura de Gabinete y la sustanciación de concursos bajo el régimen SINEP.
Descargo de los imputados en indagatoria
Durante sus declaraciones ante el tribunal, los cuatro directivos rechazaron las acusaciones y defendieron la validez de las resoluciones internas:
- Francisco Sassi Colombres: Afirmó que la Ley Ley 12.935 de creación del organismo otorga facultades expresas a la CAV para la selección de personal.
- Pablo Holgado y Ricardo Audi Falú: Indicaron haber asumido bajo actos administrativos que consideraron válidos y de buena fe institucional.
- David Flores: Expuso que su nombramiento derivó de un concurso público de antecedentes evaluado por un jurado académico.
Encuadre legal y resolución del juez
En su fallo, el juez Díaz Vélez descartó el delito de nombramiento de personas sin idoneidad (Art. 253 del Código Penal), enfocando la controversia en la falta de competencia de la autoridad designante y no en la capacidad profesional de los profesionales.
- Sassi Colombres: Fue procesado como autor del delito de usurpación de autoridad en concurso ideal con abuso de autoridad.
- Holgado, Audi Falú y Flores: Quedaron procesados como autores de usurpación de autoridad.
El magistrado concluyó que las autoridades tenían conocimiento de las observaciones formuladas por los organismos de control estatal y, aun así, continuaron en el ejercicio efectivo de sus funciones.
