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Malvinas: Argentina recurrió al Tribunal del Mar para frenar la explotación petrolera británica

El Gobierno pidió cuatro medidas cautelares contra el proyecto Sea Lion. Las audiencias se fijarían en noviembre y la resolución, obligatoria para el Reino Unido, llegaría semanas después. El Tribunal no tratará la soberanía de las islas.
El Gobierno nacional presentó este martes ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM, también conocido por sus siglas en inglés, ITLOS) un pedido para que ordene medidas cautelares al Reino Unido y frene el avance de la explotación de hidrocarburos en la cuenca Malvinas Norte, donde se desarrolla el proyecto petrolero Sea Lion.

La presentación llega luego de que venciera el plazo que la administración de Javier Milei le había fijado a Londres para que cesaran las actividades unilaterales en el archipiélago, bajo la advertencia de que, de lo contrario, se iniciaría esta acción judicial. El escrito, de 49 páginas, fue elaborado por los letrados que asesoran y representan al país ante el Tribunal, con participación de la secretaria de Legal y Técnica, María Ibarzabal Murphy, y del Consejero Legal de la Cancillería. Clarín accedió al documento a través del sitio del organismo.

Los cuatro pedidos

Según el escrito, Argentina solicita que se ordene al Reino Unido: 

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  • Frenar el proyecto Sea Lion: impedir el comienzo o la continuación de la explotación de hidrocarburos en la cuenca Malvinas Norte. El emprendimiento estaría listo para comenzar en 2027.
  • Restringir el uso de la información obtenida: evitar que los datos reunidos durante la exploración del área en disputa se utilicen en perjuicio de los derechos argentinos o se transfieran a terceros con ese fin.
  • Proteger el medio marino: impedir que el accionar británico obstaculice el cumplimiento de las obligaciones argentinas de preservar y proteger el ambiente marino.
  • Evitar nuevas decisiones unilaterales: que se abstenga de adoptar medidas que agraven la controversia, en particular nuevos permisos de explotación en la plataforma continental en disputa.

El planteo no se limita a las perforaciones: apunta también a que el avance del proyecto y las decisiones administrativas que lo acompañan no alteren las condiciones en que deberá discutirse el conflicto.

Qué sostiene el Gobierno

El argumento jurídico argentino es que Londres no puede explotar de manera unilateral los recursos de una plataforma continental cuya soberanía está en disputa, y que la puesta en marcha del emprendimiento podría generar consecuencias irreversibles antes de que exista una solución al conflicto. La urgencia, según la presentación, está dada por la cercanía de las operaciones petroleras y por el riesgo de que la explotación consolide una situación de hecho difícil de revertir.

La presentación está fechada el 13 de octubre y no busca que el Tribunal defina a quién pertenecen las islas. La estrategia consiste en obtener una decisión urgente que preserve los derechos que Argentina invoca sobre la plataforma continental mientras se tramita el arbitraje internacional iniciado el 28 de septiembre, conforme al Anexo VII de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). Para ello, el Gobierno invoca el artículo 290, inciso 5, que habilita al Tribunal a disponer medidas provisionales mientras no se haya constituido el tribunal arbitral que tratará la controversia.

Los reclamos de fondo

En el comunicado difundido por el TIDM, Argentina sostiene que el Reino Unido, al haber autorizado de manera unilateral la exploración y explotación de recursos en las zonas marítimas que rodean Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, y al negarse a resolver la disputa, incumple:

  • la obligación de respetar la soberanía y los derechos soberanos argentinos sobre esas áreas (artículos 2, 56 y 77 de la CONVEMAR);
  • la obligación de abstenerse de medidas unilaterales de exploración y explotación en zonas sujetas a una disputa internacional, en el marco del proceso de descolonización regido por la ONU;
  • las obligaciones de la Parte XII de la CONVEMAR, al impedir que Argentina cumpla con la protección y preservación del medio marino (artículos 192 y 194);
  • la obligación de resolver las controversias por medios pacíficos (artículos 279 y 300 de la Convención y artículo 2, párrafo 3, de la Carta de las Naciones Unidas).

Las resoluciones de la ONU y el caso Chagos

El escrito responde al argumento británico de que las actividades hidrocarburíferas son legales porque las autorizan y regulan las autoridades de las islas. Para ello, Argentina se apoya en dos resoluciones de la Asamblea General de la ONU: la 2065, de 1965, que reconoció la existencia de una disputa de soberanía entre ambos países e instó a resolverla pacíficamente mediante negociaciones, y la 31/49, de 1976, que pidió a las partes abstenerse de modificaciones unilaterales de la situación mientras continuara ese proceso.

El Gobierno sostiene que el Reino Unido no puede invocar el principio de autodeterminación para eludir las obligaciones que, según la interpretación argentina, se desprenden de esas resoluciones y del derecho internacional, y rechaza como argumento decisivo el referéndum de 2013 organizado por las autoridades británicas de las islas. Además, utiliza como referencia el proceso de descolonización de Chagos y el dictamen consultivo de la Corte Internacional de Justicia de 2019, para reforzar la tesis de que los órganos de la ONU tienen un papel relevante en la supervisión de esos procesos.

Los tiempos del Tribunal

Según informó Clarín sobre el funcionamiento del organismo, el TIDM fijará primero las audiencias, probablemente en noviembre, y unas semanas después resolverá sobre las medidas cautelares. Una decisión favorable a Argentina sería de cumplimiento obligatorio para el Reino Unido. El Tribunal es el mismo que en 2012 ordenó a Ghana permitir que la Fragata Libertad regresara al país, luego de que fuera retenida a pedido de los llamados “fondos buitre”.

El TIDM no tratará la cuestión de la soberanía sobre las islas del Atlántico Sur. Lo expuesto es la posición jurídica argentina ante el Tribunal, no una conclusión adoptada por el organismo: la disputa de soberanía sigue abierta entre ambos países.

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