
El juez de la Sala V del fuero Civil y Comercial de la Capital, Pedro Cagna, intimó a la diputada nacional Soledad Molinuevo (La Libertad Avanza) a cumplir en un plazo de 48 horas con la sentencia que le ordena eliminar de sus redes sociales una serie de publicaciones consideradas agraviantes por el gobernador Osvaldo Jaldo.
En la resolución, el magistrado advirtió que, si no cumple con lo dispuesto, podrían aplicarse sanciones por desobediencia de una orden judicial y/o multas por cada día de demora, de acuerdo con las previsiones del Código Procesal Civil y Comercial de Tucumán y del Código Civil y Comercial de la Nación.
La medida representa el tercer revés judicial para la referente de La Libertad Avanza en este expediente. Molinuevo cuestiona que la causa tramite en el fuero ordinario, ya que planteó la competencia de la Justicia Federal, y sostiene además que la resolución implica censura y una vulneración de sus prerrogativas constitucionales como integrante del Congreso de la Nación.
El 15 de marzo, dos días después de la presentación judicial impulsada por Jaldo a través de su abogada, Paula Morales Soria, Cagna había dictado una medida autosatisfactiva que ordenaba a la diputada borrar de sus redes sociales publicaciones que, entre otros puntos, vinculaban al gobernador con “prácticas mafiosas” y lo hacían responsable de “todo lo que pudiera pasarles” tanto a ella como a su familia y a los miembros de su espacio político.
Esos posteos se dieron en el contexto de las repercusiones por la agresión sufrida por el diputado nacional Federico Pelli (LLA), quien fue atacado en La Madrid por Marcelo “Pichón” Segura, empleado de la comuna de Los Ralos.
Posteriormente, el juez rechazó la revocatoria presentada por Molinuevo, patrocinada legalmente por José Ricardo Tomás Paz. Aunque concedió el recurso de apelación, mantuvo la vigencia de la resolución dictada en marzo.
Como las publicaciones de la dirigente liberal continuaron activas, la abogada Morales Soria denunció un incumplimiento judicial y solicitó nuevas medidas para hacer efectiva la sentencia.
Ante ese planteo, Cagna volvió a pronunciarse y ordenó intimar a la diputada para que cumpla en el término de 48 horas con lo resuelto el 15 de marzo. “Atento a lo solicitado, intímese a la parte demandada a dar cumplimiento en el término de 48 horas con lo resuelto en pronunciamiento de fecha 15 de marzo de 2026, haciéndole saber que en caso de no cumplir con lo allí dispuesto se aplicará el apercibimiento que por derecho corresponda por desobediencia de una orden judicial y/o sanciones conminatorias por cada día de demora”, señaló el magistrado.
