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Cobran un bono en la Facultad de Derecho de la UNT: “Los estudiantes que pagan se inscriben antes que los que no”

El abogado y presidente del Centro de Estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), Martín Alvarado, pasó por el programa Bisturí | Periodismo al hueso para detallar el funcionamiento de los bonos contribución de la unidad académica. Durante la entrevista, el dirigente estudiantil explicó cómo impacta este cobro en el acceso a las inscripciones, cuestionó la falta de transparencia en la rendición de cuentas y advirtió que la modalidad contraviene las normativas nacionales y estatutarias que garantizan la gratuidad de la enseñanza superior.

Esquema de cobros y tienda virtual

Alvarado precisó que la facultad aplicó ya tres tipos de aranceles bajo el concepto de aporte voluntario, los cuales se incrementaron a lo largo del ciclo lectivo y se canalizan a través de una plataforma digital propia.

“Nuestra facultad implementa tres bonos contribución al año: el de los ingresantes de primer año que fue de 69.000 pesos, pero después se implementa el bono de reinscripción anual que es lo que te permite justamente inscribirte al cursado a partir de segundo año en adelante que fue de 35.000, y ahora para la inscripción del segundo semestre que es de 40.000 pesos. 39.990 sale en la página el bono voluntario.”

Respecto al mecanismo de pago, el referente estudiantil describió que la unidad académica adaptó su sitio web para funcionar como una tienda de comercio electrónico, incluyendo facilidades de financiamiento:

“La facultad hace básicamente dos años más o menos diseñó su propia página a la que suben la información referida a la facultad en general, pero agregó la opción de tienda virtual. Entonces uno básicamente paga el bono contribución como si estuviese haciendo una compra por cualquier plataforma de compras y una de las sorpresas para este bono contribución del segundo semestre es que incorporaron el pago en tres cuotas sin interés.”

Prioridad en la inscripción y condiciones edilicias

Si bien desde la administración universitaria se sostiene la condición no obligatoria del aporte, el titular del Centro de Estudiantes remarcó que el sistema otorga ventajas operativas en el sistema Siu Guaraní a quienes realizan el desembolso:

“En principio te dicen básicamente que es un bono optativo, que es para acompañar, para colaborar con las facultades y demás, pero sí tienen esta cuestión de que las personas que pagan el bono contribución se inscriben días antes que las personas que no. Quienes no pagan recién pueden inscribirse el último día.”

Asimismo, Alvarado contrapuso la exigencia del bono con el estado edilicio cotidiano que enfrentan los alumnos en el predio universitario:

“Uno de los motivos por los cuales se implementa el pago de este bono contribución es que el bono de los estudiantes se va a utilizar en beneficio de los estudiantes en general. Pero después nosotros, que somos los que transitamos justamente los pasillos de la facultad, que estamos en las aulas y demás, vemos aulas que no tienen picaporte, vemos aulas que no tienen proyectores, vemos baños que no tienen siquiera un papel higiénico para los estudiantes.”

Transparencia de fondos y marco normativo

Consultado sobre la fiscalización de los montos percibidos por la institución, el dirigente estudiantil señaló la imposibilidad de acceder a balances pormenorizados y recordó las gestiones realizadas ante el Consejo Directivo:

“Lamentablemente no… El único contacto que nosotros tuvimos con una especie de rendición de cuentas, que para mi criterio no lo fue, fue cuando se aplicó el bono contribución del segundo semestre del año 2024. La facultad hace una publicación que está disponible en las redes… haciendo un detalle de que se había utilizado esa plata en luminaria, que se había utilizado en mejoramiento de aulas y demás, pero sin mayores detalles.”

“En noviembre del año pasado presentamos un pedido en el Consejo Directivo… solicitando la citación del secretario Económico Financiero para que nos explique básicamente a qué se destinaba esa plata. Y eso queda dentro de lo que vendría a ser la privacidad del Consejo cuando estuvo en comisión.”

Por último, Alvarado enmarcó la situación en la legislación vigente que rige a las universidades nacionales en la Argentina:

“Nosotros tenemos una Ley de Educación Superior que nos dice en el artículo dos que se prohíbe todo tipo de aranceles. Tenemos un estatuto universitario en el artículo 104 y 105 que garantiza la igualdad de oportunidades, el acceso irrestricto… Y aún así, nuestra facultad implementa estos criterios restrictivos y discriminatorios, no solamente para los estudiantes que pueden o no pueden pagar, sino también para la gente mayor que no sabe utilizar una billetera virtual o una tarjeta de crédito.”

“Uno entendiendo el contexto económico en el que se encuentran las universidades no es ajeno a la necesidad de autofinanciarse las facultades, pero aplicar criterios restrictivos tampoco es la solución.”

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