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Ratificaron el sobreseimiento de los cuatro exjugadores de Vélez acusados de abuso sexual

El extenso y complejo proceso judicial que mantuvo en el centro de la escena pública nacional a cuatro futbolistas del club Vélez Sarsfield sumó su capítulo final en los tribunales locales. Tras una extenuante serie de audiencias que acumularon más de 30 horas de debate técnico, la jueza de Impugnación Patricia Carugatti notificó oficialmente a las partes su resolución: rechazar de forma íntegra los planteos y recursos de nulidad presentados por la querella, ratificando el sobreseimiento definitivo de los imputados que se había dictado originalmente en diciembre pasado.

Con este veredicto de segunda instancia, la Justicia de Tucumán convalida de forma firme las absoluciones de Sebastián Sosa, Braian Cufré, José Florentín Bobadilla y Abiel Osorio.

El fallo, firmado tras los 20 días hábiles de deliberación por escrito que se había tomado la magistrada, dispuso además el levantamiento inmediato de las pocas medidas cautelares de baja intensidad que aún pesaban sobre los deportistas —como las cauciones económicas y las restricciones de viaje sin previo aviso judicial—, dando por cerrado su expediente en el fuero penal ordinario.

El recorrido del caso: del Abasto a las 30 horas de audiencias


La causa penal se había iniciado a raíz de los hechos denunciados el 7 de marzo de 2024. Según el relato de la víctima, el episodio ocurrió en las instalaciones de un hotel ubicado en la zona del ex Abasto de la Capital, adonde los futbolistas se encontraban concentrados tras disputar un partido oficial contra Atlético Tucumán.

La investigación preliminar, comandada en su momento por la fiscala María Eugenia Posse, derivó en la imputación y detención temporal de los cuatro futbolistas bajo cargos de abuso sexual con distintas escalas de participación.

Sin embargo, el rumbo de la causa cambió drásticamente en diciembre pasado, en las vísperas del inicio de la feria judicial:

Primer fallo clave: El juez de garantías Augusto Paz Almonacid consideró que los elementos probatorios y los testimonios recolectados demostraban que se había tratado de una relación de carácter consentida y no de un delito contra la integridad sexual, dictando el primer sobreseimiento.

La ofensiva de la querella

Los abogados representantes de la denunciante (José Díaz, Juan Andrés Robles y Pedro Parra) apelaron la resolución. Durante las cuatro audiencias revisoras ante la jueza Carugatti, exigieron la exclusión de peritajes telefónicos de testigos clave, solicitaron reactivar el control de fronteras sobre los jugadores y reiteraron su pedido para que se indagara sobre una hipótesis de coacción.

La postura del Ministerio Público: El auxiliar fiscal Osvaldo Martínez Terán, bajo las directivas de la fiscal de Cámara Adriana Reynoso Cuello, optó por no acompañar los pedidos de la querella ni formular nuevos cargos, limitándose a presenciar el debate para velar por las formas procesales, dado que el propio MPF no había impugnado la decisión liberatoria de diciembre.

Giro Federal: ordenan investigar si existió el delito de trata

A pesar de que el fallo de la jueza Carugatti desvinculó de manera definitiva a los futbolistas de la acusación original por abuso sexual en los ámbitos de la provincia, la resolución judicial incluyó un apartado de fuerte peso institucional que abre una nueva derivación legal fuera del territorio tucumano.

La magistrada ratificó de forma expresa el envío y remisión de copias certificadas de todo el expediente a los tribunales de la Justicia Federal. El objetivo de esta derivación técnica es que la fiscalía federal competente analice de manera autónoma las declaraciones, los cruces de mensajes telefónicos y el contexto general en el que la joven llegó al hotel, para determinar si corresponde o no dar inicio a una investigación penal bajo la presunta comisión del delito de trata de personas.

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