sábado, junio 13NorteMultimedios | TUC | AR

Tucumán reglamentó la Ley de Ficha Limpia para candidatos y funcionarios públicos

A través del decreto 1303/7, el gobierno provincial activó el Registro Público de Ficha Limpia. Quienes aspiren a ocupar cargos públicos o electivos deberán certificar que no poseen condenas por delitos graves.
El Poder Ejecutivo provincial dio un paso clave hacia la transparencia institucional al reglamentar la puesta en funcionamiento del Régimen de Ficha Limpia, previsto por la Ley 9.977.

A través del decreto 1303/7, firmado por el gobernador Osvaldo Jaldo y refrendado por el ministro de Economía y Producción, Daniel Abad, se establecieron los mecanismos para verificar la situación judicial de todas las personas que aspiren a ocupar cargos públicos, tanto electivos como de designación administrativa.

El objetivo principal de esta medida es hacer operativa la norma promulgada en mayo, la cual impide acceder o permanecer en la función pública a quienes tengan sentencias condenatorias confirmadas por delitos considerados graves.

Para ello, el artículo 5 dispuso la creación del Registro Público Provincial de Ficha Limpia, bajo la órbita del Ministerio de Gobierno y Justicia. La información de los antecedentes será suministrada directamente por el Poder Judicial de Tucumán y jurisdicciones nacionales, y gestionada por la Fiscalía de Estado.

Declaración jurada obligatoria: el nuevo requisito

Uno de los ejes centrales de la reglamentación es la obligación de presentar una declaración jurada. El decreto subraya que todos los aspirantes “deberán presentar una declaración en la que manifiestan no tener condenas por los delitos inhabilitantes.

Dato clave: Falsificar esta información será considerado una falta grave y penado conforme a la ley.

Para estandarizar el proceso, el Poder Ejecutivo aprobó un modelo oficial de documento. En el ámbito político, el control estará dividido:

  • Candidaturas electorales: La verificación estará a cargo de la Junta Electoral Provincial. Quienes resulten electos deberán presentar una nueva declaración antes de asumir.
  • Cargos de designación: La responsabilidad de control recaerá sobre las autoridades que efectúen los nombramientos. La asunción formal estará condicionada a la entrega de este documento, que deberá enviarse al Registro en un máximo de 72 horas hábiles.
Convenios y próximos pasos

Para garantizar el acceso rápido y cruzado a los antecedentes penales, el decreto instruye al Ministerio de Gobierno y Justicia a firmar acuerdos de colaboración con organismos provinciales y nacionales en un plazo máximo de 120 días.

Estos convenios buscan mantener la exactitud y actualización constante de los datos. Además, se trabajará en conjunto con la Junta Electoral para que el sistema de consulta esté completamente operativo antes de que abran los plazos legales para la presentación de candidaturas de cara a los próximos comicios.

También te puede interesar

WhatsApp
YouTube
Instagram